Pena de muerte: no se puede, ni conviene, ni se quiere

9242527710 febrero, 201816min0

A raíz de los cuestionamientos que recibió el gobierno nacional por haber invitado a la Casa Rosada y defendido al policía Chocobar que mató por la espalda a Juan Pablo Kukoc, el consultor del gobierno Jaime Durán Barba señaló que la inmensa mayoría de la gente quiere la pena de muerte en Argentina, legitimando de alguna manera la actuación policial.[1] Esta frase encierra varios problemas que se pueden sintetizar diciendo que la pena de muerte no es parte del estado de derecho en Argentina, tampoco “sirve” para reducir el delito y ni siquiera es claro que sea la opinión mayoritaria, en otras palabras, no se debe, no conviene ni se quiere.

En primer lugar, hay que recordar que la pena de muerte en Argentina está prohibida, fue abolida, primero para delitos comunes en junio de 1984 (ley 23.077) y luego para todo tipo de delitos, incluidos los militares, a partir de la derogación del Código de Justicia Militar en agosto de 2008 y de la ratificación del Protocolo a la Convención Americana sobre Derechos Humanos relativo a la Abolición de la Pena de Muerte de la Organización de Estados Americanos (OEA) en septiembre de 2008 (Amnesty International, 2007; Hood, 2001; UNDP, 2005). Esto es que actualmente la pena de muerte es ilegal en Argentina para la justicia, y desde luego, para la policía. En efecto, si bien el personal policial tiene el deber de intervenir, no se le puede exigir acciones contrarias al derecho internacional adoptado en nuestra Constitución a partir de 1994. Por lo tanto, la actuación policial debe regirse por el Código de Conducta para funcionarios encargados de hacer cumplir la Ley, aprobado por la Asamblea General de la Organización de Naciones Unidas, y los Principios Básicos sobre el Empleo de la Fuerza y de las Armas de Fuego, aprobado por la Asamblea General de la Organización de Naciones Unidas, en donde se establece los principios para el uso racional de la fuerza, tales como los de legalidad, oportunidad, proporcionalidad y moderación, responsabilidad y rendición de cuentas.

En segundo lugar, estudios internacionales muestran que la pena de muerte, y el aumento de las penas en general, no reducen los niveles de delito, sino que incluso pueden incrementarlo. La hipótesis por detrás es que el incremento de las penas aumenta el costo del delito, con lo cual disuade al potencial delincuente de cometerlo. Esta visión de elección racional de economistas como Gary Becker en 1968, y luego puesta a prueba erróneamente por Isaac Ehrlich, ya fue discutida ampliamente a nivel internacional (CAF, 2014, entre otros). Al contrario, colegas brasileños muestran cómo el endurecimiento en las leyes de drogas ha incrementado la población carcelaria en Brasil de forma masiva, generando un efecto contraproducente, al fortalecer las redes criminales colectivas que gobiernan dentro y fuera de las cárceles (Lessing, 2017). Llevándolo nuevamente al caso Chocobar, es esperable no sólo más casos de abuso policial y de la consecuente violación de derechos humanos, sino también un incremento en la violencia y letalidad de los conflictos, aumentando los niveles de homicidios en general, de sospechosos, policías, testigos, víctimas y periodistas, entre otros. También es esperable más casos de particulares armados que se ven legitimados a ejercer justicia por mano propia o venganza. Por lo tanto, la pena de muerte judicial o extrajudicialmente, tampoco “sirve”, e incluso puede ser contraproducente, incrementando los niveles de violencia y peligro para todos.

En tercer lugar, y de forma más problemática, el enunciado de Durán Barba plantea que la mayoría de los argentinos aprueba la pena de muerte y que de esto debe derivarse una política penal más dura hacia los delincuentes. Aquí hay varios planteos a realizar, de forma resumida diremos que primero, los datos a los que alude no serían ciertos o que al menos serían incompletos, y segundo, aún si los datos fueran ciertos, se cae en la demagogia punitiva de legislar siguiendo las encuestas, pero sin brindar respuestas eficaces hacia el delito.

Primero, para analizar la demanda de mayores castigos hacia los delincuentes, lo que se conoce en el mundo académico como punitivismo o punitividad pública, se deben estudiar las encuestas de opinión pública. Para ello, en general se estudia la aprobación de la pena de muerte, ya que es la aceptación de la máxima pena posible, la de mayor severidad porque implica que el Estado le pueda quitar la vida a una persona de manera legal. En el caso argentino, se puede observar en el siguiente gráfico que en todos los años relevados por Gallup, los encuestados en contra de la pena de muerte sobrepasan a los que están a favor. Por lo tanto, no se puede hablar de una gran mayoría, ni siquiera de mayoría a favor de la pena de muerte. Al contrario, en el último año con el que se cuenta con información, en el 2009, el 57% estaba en contra de la pena de muerte.

Gráfico I. Opinión sobre la pena de muerte de residentes de Argentina (años sel.) (en %)

схема смертної кари

Fuente: TNS-Gallup Argentina. Base: Muestra nacional de población adulta.

En un estudio más reciente del Centro de Opinión Pública de la Universidad de Belgrano (COPUB) se señala que en la Ciudad de Buenos Aires en el año 2015 sólo el 35% aprobaba la pena de muerte, luego subió a 40% en el año 2016 para alcanzar el 50% en el año 2017, aunque este dato está basado en una muestra de 620 casos, probablemente con un alto margen de error, mostrando de cualquier modo un empate en las posiciones. Aún siendo en general más baja la aprobación en la Capital Federal, y por lo tanto, esperar una mayor aprobación a nivel nacional, sería apenas mayor la posición a favor de la pena de muerte, pero lejos estaría de ser “la inmensa mayoría”.

Ahora bien, cuando se pregunta de forma específica si considera que la pena de muerte sirve para reducir el delito, los porcentajes son aún más bajos. En la última encuesta nacional oficial (DNPC, 2011), ante la pregunta ¿Qué medidas piensa usted que deberían tomarse para mejorar el problema de la seguridad?, sólo el 1% responde pena de muerte en primer lugar. Incluso si se suma a aquellos encuestados que responden en primer lugar “que haya penas más severas” con los que responden “pena de muerte”, esto es, medidas de prevención negativa, no superan al 8% de las preferencias. Al contrario, se destaca como demanda prioritaria la “mayor presencia policial” (39%), luego “bajar la desocupación” (24%) y seguido por “más y mejor educación” (17%), siendo el primer tipo una medida de prevención situacional policial, y la segunda, de prevención social. Esto muestra la heterogeneidad en la opinión pública respecto de las medidas a tomar en materia de seguridad.

Cabe señalar que cuando se pregunta sin pedir un orden y se permite elegir más de una posibilidad, como lo hace la encuesta Latinobarómetro para el año 2010 en Argentina, la demanda de mayores castigos es más alta, aunque no se pregunta por la pena de muerte en particular. En efecto, el 53% de los encuestados señala como solución a la seguridad “aumentar las penas por delitos”, aunque son más aún los que indican “mejorar el sistema educativo” (57%) y “aumentar el número de efectivos policiales en la calle” (55%). En el estudio LAPOP de la Universidad de Vanderbilt de 2014, en Argentina la opción por medidas punitivas (55%) sobrepasa las medidas preventivas (28%),  aunque no está claro qué se entiende como tal para los encuestados. Todo lo anterior y estudios previos, muestran que las personas se inclinan por medidas tanto represivas como preventivas para reducir el delito, pero que no prefieren en primer lugar a la pena de muerte para hacerlo.

sto nos lleva al siguiente punto que es que no se debe confundir la demanda de seguridad con la demanda punitiva. Lo que realmente es mayoritario, de la manera que se lo mida, es el temor a ser víctima de un delito, la percepción de riesgo de victimización y la preocupación por la seguridad como problema público, aunque esto último pasa a estar por debajo de otros problemas cuando la situación socio-económica y laboral empeora. Entonces si bien se puede señalar que los encuestados en general se muestran temerosos y preocupados por la seguridad, no necesariamente esto se traduce en una demanda de mayores castigos hacia los delincuentes. Como vimos, otras medidas de prevención son preferidas.

Segundo, si bien los datos disponibles no indicarían una aprobación “inmensamente mayoritaria” por la pena de muerte en general, y menos aún como medida para prevenir el delito, aún si esto fuera cierto o hubiera alguna encuesta que así lo demostrara, cabría realizar de todas maneras las siguientes observaciones: como vimos, la forma de preguntar modifica sustancialmente los niveles de respuesta; además, la opinión pública sobre el tema es bastante volátil, teniendo que considerarse la cercanía con algún hecho delictivo de gran impacto mediático (por ejemplo, durante el asesinato de Axel Blumberg sí se incrementó la demanda punitiva); pero de forma más importante aún, la política pública, pero más aún la política criminal, no debe desprenderse de manera automática de la lectura de las encuestas.

En efecto, seguir a las encuestas para definir la política criminal ha sido denominado en los estudios de criminología primeramente como populismo penal y luego como demagogia punitiva. Lo anterior implica que las medidas de política criminal en lugar de ser implementadas en función de la evidencia empírica sobre su eficacia para reducir el delito y partiendo de un diagnóstico informado y conforme a derecho, se formulan para satisfacer el electorado, teniendo como principal fin obtener votos, mejorar la imagen pública o desviar la atención de otros problemas más estructurales que no resultan fáciles de resolver. Lamentablemente las falsas promesas de soluciones rápidas fracasan también rápidamente sin ir a las causas, generando mayores demandas en la población, que lejos de ver mejorada la situación de seguridad en sus barrios, encuentran una policía menos profesional, que genera menos confianza y respeto. Al contrario de lo que se cree, los estudios (Hough y Sato, 2011; Myhill & Quinton, 2011, entre varios) demuestran que la policía que cumple con las normas, es profesional y se considera respetuosa de los derechos humanos, genera mayor confianza de la población, incrementando la colaboración y participación ciudadana para aportar información de casos de mayor complejidad, previene la escalada de los conflictos locales, no es corrupta ni regula los mercados ilegales, y genera una mayor satisfacción con la policía en particular y un menor temor a ser víctima del delito en general.

[1] https://www.lanacion.com.ar/2107094-jaime-duran-barba-la-inmensa-mayoria-de-la-gente-quiere-la-pena-de-muerte

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